El pasado 22 de enero no llegó a convalidarse el RD 9/2024, publicado en el BOE el 24 de diciembre, por el que se adoptaron medidas urgentes en materia económica, tributaria, de transporte y de Seguridad Social, y se prorrogaron determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social.
Esto supone que las diferentes novedades que incluía dicha norma hayan decaído y, por lo tanto, no llegarán a ser de aplicación salvo que se recuperen a través de otra norma. En lo que se refiere al ámbito fiscal y laboral, las más importantes son las siguientes:
FISCALES:
- La elevación a 2.500€ (antes 1.500€) el límite de la obligación de presentar declaración cuando se obtienen rendimientos del trabajo de más de un pagador.
- Las siguientes prórrogas:
- Las deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas.
- La deducción por la adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible y puntos de recarga.
- La libertad de amortización en inversiones que utilicen energía renovable.
- Los límites del método de estimación objetiva del IRPF y simplificado de IVA.
- La imputación de rentas inmobiliarias durante los períodos impositivos 2023 y 2024.
- Los importes máximos de los coeficientes a aplicar sobre el valor del terreno en el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
- La entrada en vigor el 1 de abril de 2025 del nuevo Impuesto sobre los Líquidos para Cigarrillos Electrónicos y otros Productos relacionados con el Tabaco.
- El régimen fiscal aplicable a las finales de la «UEFA Champions League Femenina 2024» y de la UEFA Europa League 2025.
LABORALES:
- La revalorización de las pensiones.
- Prórroga salario mínimo interprofesional.